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Presentación conjunta de la DUE y la DMA sobre el esquema del artículo 27 de la Observación General

Como parte del proceso de redacción de una Observación General sobre el Art. 27 de la Convención, el derecho al trabajo y al empleo, el Comité de la ONU sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (Comité de la ONU sobre la CDPD) lanzó una convocatoria para la presentación de escritos. El Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad invitó a los Estados parte de la Convención de la ONU sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, a las entidades y organismos especializados de las Naciones Unidas, a otros mecanismos de derechos humanos de las Naciones Unidas, a las organizaciones no gubernamentales, a las organizaciones de personas con discapacidad y a otras partes interesadas a participar en el debate general y a presentar por escrito el proyecto de Observación General sobre el artículo 27 de la Convención. 27 de la Convención.

La EUD, junto con la Federación Mundial de Sordos (WFD), aprovechó la oportunidad de participar en este proceso de consulta y proporcionó al Comité una presentación conjunta. La WFD y la EUD destacaron que las personas sordas se enfrentan a una situación única en comparación con otras personas con discapacidad debido a sus identidades culturales y lingüísticas específicas y a su uso de las lenguas de signos nacionales.

Entre otras muchas recomendaciones, la EUD y la WFD destacaron que, si bien la financiación y la presencia de intérpretes profesionales y acreditados de la lengua de signos nacional siguen siendo los elementos esenciales de los ajustes razonables para las personas sordas en el mercado laboral a la luz del artículo 2 combinado con el artículo 9.2 (e) del Convenio, para que las personas sordas ejerzan plenamente sus derechos humanos lingüísticos para participar y contribuir al mercado laboral, debe garantizarse la accesibilidad y la inclusión del propio mercado laboral a través de las lenguas de signos nacionales. Esto podría llevarse a cabo fomentando las oportunidades de participar en el mercado laboral directamente en una lengua de signos nacional y garantizando que se proporcionen entornos de trabajo en lengua de signos.

Para saber más sobre las recomendaciones y las aportaciones de la DUE y la DMA, consulte la presentación conjunta aquí.

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