Nada sobre nosotros sin nosotros.

Nada sobre nosotros sin nosotros.

  • Contacte con

La DUE participa en un informe del Parlamento Europeo sobre el trabajo y el empleo de las personas con discapacidad

Wheelchair and the computer

El 23rd de septiembre, la eurodiputada Katrin Langensiepen presentó el primer borrador del nuevo informe sobre la "Aplicación de la Directiva 2000/78/CE del Consejo relativa al establecimiento de un marco general para la igualdad de trato en el empleo y la ocupación a la luz de la CNUDPD". La EUD ha contribuido activamente al informe y ha proporcionado amplios comentarios a la Sra. Langensiepen y a su equipo a través de reuniones de intercambio de ideas desde el mes de junio hasta septiembre de 2020.

La Directiva sobre igualdad en el empleo (DEE) se adoptó antes de la aprobación de la Convención de las Naciones Unidas sobre los derechos de las personas con discapacidad (CNUDPD), por lo que la DEE carece de disposiciones importantes establecidas en la CNUDPD. De hecho, la DEE, como legislación secundaria, está vinculada por la CNUDPD. A este respecto, la EUD, junto con otras organizaciones de personas con discapacidad (OPD) y la eurodiputada Langensiepen y su equipo, siguieron un proceso de redacción del informe exhaustivo e integrador, y acordaron las siguientes recomendaciones para la UE:

  • Adoptar una directiva horizontal de la UE contra la discriminación;
  • Establecer directrices claras de la UE sobre ajustes razonables;
  • Incluir la discriminación interseccional y múltiple en el empleo;
  • Garantizar el reconocimiento mutuo de la condición de discapacitado;
  • Recopilar datos sobre empleo desglosados por sexo, edad, tipos de discapacidad, raza/origen técnico y orientación sexual;

La EUD agradece profundamente la naturaleza abierta y colaborativa del trabajo sobre este informe con el equipo de la eurodiputada Katrin Langensiepen. La EUD desea subrayar la importancia de que los diputados al Parlamento Europeo lleven a cabo procesos de consulta abiertos, transparentes e inclusivos con las organizaciones de personas con discapacidad, como elemento fundamental para garantizar la plena inclusión de todas las personas con discapacidad, tal y como se establece en el artículo 4, apartado 3, y en el artículo 33, apartado 3, de la CDPD de las Naciones Unidas para garantizar la participación de las personas con discapacidad en la aplicación y el seguimiento de la Convención.

La DUE agradece personalmente el informe a la eurodiputada Katrin Langensiepen.

Puede acceder al informe aquí: https://www.europarl.europa.eu/doceo/document/EMPL-PR-657235_EN.pdf

Todas las publicaciones de 2022 - 2026 están cofinanciadas y producidas por el Programa Ciudadanos, Igualdad, Derechos y Valores (CERV) de la Comisión Europea.

No obstante, las opiniones y puntos de vista expresados son exclusivamente los del autor o autores y no reflejan necesariamente los de la Unión Europea ni los del Programa CERV de la Comisión Europea. Ni la Unión Europea ni la autoridad que concede la subvención pueden ser consideradas responsables de las mismas.

Comparte este artículo...

Facebook
Twitter
LinkedIn
Envíe un correo electrónico a

Artículos relacionados

es_ESEspañol
Ir al contenido